El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado en una nueva sentencia la reserva del 40% de plazas para mujeres en las oposiciones para Bombers de la Generalitat. Se trata de una de las medidas más controvertidas impulsadas por el Departament d’Interior para aumentar la presencia femenina en el servicio, tal y como ha informado El Periódico.
La sentencia se produce a raíz de un recurso presentado por tres usuarios que pidieron anular la convocatoria de 2023 o, en su defecto, eliminar la aplicación de la cuota de mujeres. Esta convocatoria fue la primera en incluir la tasa de ocupación femenina, algo que el Departament d’Interior aplicó para corregir una anomalía estructural. Esto se debe a que en enero de ese año, el servicio sólo contaba con un 2,73% de mujeres (72 bomberas de 2.640 efectivos). En la actualidad, las mujeres de la nueva promoción, que se incorporaron al servicio en otoño, duplicaron el número de bomberas. Cabe destacar que, según lo previsto, Interior mantendrá la cuota de inclusividad hasta 2030.
Razones del TSJC para avalar la cuota
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña defiende que la infrarrepresentación de mujeres en los bomberos es “manifiesta y sistémica”. Por eso, aplica una acción positiva excepcional, recogida en el artículo 9.2 de la Constitución por el que se obliga a los poderes públicos a promover “una igualdad real”.
La cuota está limitada por el artículo 14, que evita la discriminación. Para el TSJC el 40% está equilibrado. Además, la medida es temporal, no puede ser indefinida. Deberá aplicarse siempre que exista desigualdad: con menos del 3% de mujeres, la desigualdad es “clara”, lo que avala su aplicación.
Por último, el tribunal recuerda que reservar el 40% de las plazas no garantiza la obtención de las plazas de forma automática. Las aspirantes tienen que pasar las mismas pruebas y lograr los mismos méritos que los hombres.
Polémica por las pruebas físicas
Uno de los puntos que más controversia ha causado es el de las pruebas físicas. En concreto, los demandantes alegaron que para la realización de la course navette la exigencia se había rebajado para las mujeres. Por otro lado, en el arrastre de maniquí, consideraron que el diseño favorecía a que las aspirantes obtuvieran mejores marcas.
Por su parte, el tribunal recuerda que hay estudios científicos que prueban las diferencias fisiológicas entre hombres y mujeres en cuanto a la fuerza dinámica, estática y de prensión manual. De ahí la existencia de marcas distintas entre ambos sexos, algo que se lleva aplicando desde 1994.
Uno de los argumentos más contundentes del TSJC es que las marcas exigidas a las mujeres no son incompatibles con el trabajo real de los bomberos ni dificultan el ejercicio del servicio. Los magistrados no consideran que la seguridad de los Bombers esté en riesgo. Otro de los alegatos que avalan la cuota es que, en el momento en el que se planteó la medida, el Departament d’ Interior estimó que, sin cuotas de igualdad, el servicio no alcanzaría una paridad real hasta el año 2.144.
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