PANTER FORZA
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Las ambulancias de Gibraltar solo podrán hacer traslados rutinarios de pacientes hasta los hospitales españoles si sus conductores son trabajadores de la Autoridad Sanitaria de Gibraltar residentes en España o tienen la ciudadanía de la Unión Europea.

El Gobierno confirmó a través de un comunicado el pasado 4 de marzo una nueva clasificación para el personal de ambulancia. A partir de ahora, los conductores sanitarios forman parte del grupo de conductores de vehículos comerciales, lo que implica que sea necesario el registro de su situación laboral en la Unión Europea. La nueva normativa se aplicará a todos los trabajadores de la ambulancia, con excepción del paciente.

De esta manera, las ambulancias de Gibraltar podrán trasladar a los pacientes hasta los hospitales españoles si el conductor forma parte de la Autoridad Sanitaria de Gibraltar (GHA, por sus siglas en inglés) y es residente en España o con ciudadanía de la UE.

No obstante, si el paciente está en una situación de vida o muerte, los sanitarios de la GHA, aunque sean residentes de Gibraltar, sí que podrán llevar a cabo el traslado. Para efectuarlo será necesario un aviso previo e informar sobre la situación del paciente a las autoridades de la frontera.

Esta nueva normativa también afecta a la ONG St. John Ambulance, por lo que, de momento, no podrán realizar servicios de transferencia de pacientes a través de la frontera.

Por otro lado, la nueva legislación no afectará a las ambulancias españolas que lleven a cabo traslados con origen y destino español, ya que Gibraltar no limita su circulación.

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